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Estudio Jurídico Polo & Asociados

Centro de Conciliación Equilibrio

Resolvemos conflictos sin litigio, con acta de mérito ejecutivo y conciliadores acreditados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Grupo Polo

Conciliar suele resolver en semanas lo que un juicio tarda años

El Centro de Conciliación Equilibrio es la línea de Grupo Polo GP dedicada a la solución de conflictos por vías alternativas al litigio. Conducimos procedimientos de conciliación extrajudicial en materia civil y comercial, con conciliadores acreditados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

El acta de conciliación con acuerdo tiene mérito de ejecución: si una de las partes incumple, se ejecuta directamente ante el juez sin volver a discutir el fondo del asunto. Además, en numerosas materias civiles la conciliación extrajudicial es requisito obligatorio antes de poder demandar.

Conciliar suele resolver en semanas lo que un proceso judicial tarda años, con un costo considerablemente menor y preservando la relación comercial o familiar entre las partes.

Mérito ejecutivo

El acta con acuerdo se ejecuta directamente ante el juez si alguien incumple.

Mucho más rápido

Semanas en lugar de años, con fechas de audiencia coordinadas entre las partes.

Menor costo

Sin las tasas, peritajes ni honorarios prolongados de un proceso judicial.

Qué atendemos

  • Conciliación extrajudicial en materia civil
  • Acta de conciliación con mérito de ejecución
  • Requisito de procedibilidad para demandar
  • Conciliación judicial dentro del proceso
  • Redacción de acuerdos ejecutables
  • Ejecución del acta ante incumplimiento

Cómo funciona

  1. 1

    Solicitud

    Presenta su solicitud indicando la materia y los datos de la otra parte. Revisamos que el asunto sea conciliable.

  2. 2

    Invitación

    El centro cursa la invitación a la otra parte con la fecha de audiencia. Se realizan hasta dos invitaciones.

  3. 3

    Audiencia

    El conciliador dirige la sesión, facilita la comunicación y propone fórmulas de solución. Puede asistir con su abogado.

  4. 4

    Acta

    Si hay acuerdo, se redacta el acta con obligaciones precisas y exigibles. Si no lo hay, se emite el acta que habilita a demandar.

Consulta confidencial

¿Su conflicto se puede conciliar?

Cuéntenos de qué se trata y le decimos si su caso admite conciliación y cómo iniciarla.

Av. San Luis 1950, Oficina 708, San Borja · Lunes a viernes de 9:00 a 18:00 h